CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
 

El Real Decreto 314/2006, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación se publicó en el BOE nº 74, de 28 de marzo. Entró en vigor al día siguiente de su publicación, el 29 de marzo.

El Código Técnico de la Edificación no será de aplicación a las obras de nueva construcción y a las obras en los edificios existentes que tengan solicitada la licencia de edificación a la entrada en vigor del Real Decreto. 

ANTECEDENTES Y DEFINICIÓN

La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) autorizaba al Gobierno para que, en el plazo de dos años, aprobara un Código Técnico de la Edificación que desarrollara los requisitos básicos que deben cumplir los edificios relacionados en el artículo 3 de esta Ley.
La LOE define al Código Técnico como el marco normativo que establece las exigencias básicas de calidad de los edificios y de sus instalaciones, de tal forma que permita el cumplimiento de los requisitos básicos.
El Código Técnico podrá completarse con las exigencias de otras normativas dictadas por las Administraciones competentes y se actualizará periódicamente conforme a la evolución de la técnica y la demanda de la sociedad. El Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja ha sido el encargado de la coordinación de los diferentes expertos que han intervenido en la elaboración del Código Técnico. Los proyectos del Código Técnico, como hemos venido informando en esta página web y en el Boletín colegial, han estado expuestos públicamente en la página web del Código Técnico (http://www.codigotecnico.org/) para su información y debate. A este respecto hay que destacar que el 96% de las 250 alegaciones presentadas por el Consejo General de la Arquitectura Técnica han sido tenidas en cuenta.

OBJETO DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
El Código Técnico de la Edificación tiene por objeto establecer las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios para satisfacer los requisitos básicos que establece la L.O.E. en su artículo 3, apartados 1.b y 1.c: 


           - Seguridad estructural.  
           - Seguridad en caso de incendio. 
           - Seguridad de utilización. 
           - Higiene, salud y protección del medio ambiente. 
           - Protección contra el ruido. 
           - Ahorro de energía y aislamiento térmico.

Además, determinará los procedimientos que permiten acreditar su cumplimiento con suficientes garantías técnicas. Estas exigencias básicas deberán cumplirse en el proyecto, la construcción, el mantenimiento y la conservación de los edificios y sus instalaciones.

Los requisitos básicos relativos a la funcionalidad y los aspectos funcionales de los elementos constructivos se regirán por su normativa específica.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

El Código Técnico de la Edificación no será de aplicación a las obras de nueva construcción y a las obras en los edificios existentes que tengan solicitada la licencia de edificación a la entrada en vigor del Real Decreto 314/2006 .

El CTE será de aplicación, en los términos establecidos en la LOE y con las limitaciones que en el mismo se determinan, a las edificaciones públicas y privadas cuyos proyectos precisen disponer de la correspondiente licencia a autorización legalmente exigible.

El CTE se aplicará a las obras de edificación de nueva construcción, excepto a aquellas construcciones de sencillez técnica y de escasa entidad constructiva, que no tengan carácter residencial o público, ya sea de forma eventual o permanente, que se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas.
Igualmente, el CTE se aplicará a las obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que se realicen en edificios existentes, siempre y cuando dichas obras sean compatibles con la naturaleza de la intervención y, en su caso, con el grado de protección que puedan tener los edificios afectados. La posible incompatibilidad de aplicación deberá justificarse en el proyecto y, en su caso, compensarse con medidas alternativas que sean técnica y económicamente viables.

CONTENIDO DEL CTE

El Código Técnico se ordena en dos partes.

La primera contiene las disposiciones y condiciones generales de aplicación y las exigencias básicas que deben cumplir los edificios.

La segunda está formada por los denominados Documentos Básicos (DB), para el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE. Estos Documentos, basados en el conocimiento consolidado de las distintas técnicas constructivas, se actualizarán en función de los avances técnicos y las demandas sociales y se aprobarán reglamentariamente.

Los DB contienen la caracterización de las exigencias básicas y su cuantificación, y unos procedimientos cuya utilización acredita el cumplimiento de aquellas exigencias básicas, concretados en forma de métodos de verificación o soluciones sancionadas por la práctica.

 

DOCUMENTOS BÁSICOS


Los diez Documentos Básicos aprobados hasta ahora son los siguientes:
    
 DB-SE: Seguridad Estructural 
            DB-SE AE: Acciones en la Edificación 
            DB-SE C: Cimentaciones 
            DB-SE A: Estructuras de Acero 
            DB-SE F: Estructuras de Fábrica 
            DB-SE M: Estructuras de Madera 
      DB-SI: Seguridad en caso de incendio 
      DB-SU: Seguridad de utilización 
      DB-HS: Salubridad 
      DB-HE: Ahorro de energía

Los dos Documentos Básicos que aún no se han publicado son:
      DB-HR: Protección frente al ruido (no publicado aún) 
      DB Accesibilidad (no publicado aún)


ENTRADA EN VIGOR Y PERIODOS TRANSITORIOS


El CTE entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, el 29 de marzo de 2006. No obstante, se establece un periodo de aplicación voluntaria durante doce meses, excepto en lo que se refiere al ahorro energético y la seguridad contra incendios, cuestiones cuyos preceptos deben aplicarse a los seis meses.
La entrada en vigor del Código Técnico supone la derogación de las actuales normas básicas de la edificación (NBE), estableciendo el siguiente régimen de aplicación transitoria:
Durante los seis meses posteriores a la entrada en vigor podrán continuar aplicándose las siguientes normas:  
      NBE-CPI-96 Condiciones de protección contra incendios en los edificios. 
      NBE-CT-79 Condiciones térmicas en los edificios.
Durante los doce meses posteriores a la entrada en vigor del CTE podrán continuar aplicándose las siguientes normas:
      NBE-AE-88 Acciones en la edificación. 
      NBE-FL-90 Muros resistentes de fábrica de ladrillo. 
      NBE-EA-95 Estructuras de acero en edificación.
      Normas básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua.
Durante cada uno de los referidos periodos transitorios, se podrá optar por aplicar las disposiciones normativas a que los mismos se refieren o las nuevas previsiones que correspondan en cada caso contenidas en el Código Técnico de la Edificación. Una vez finalizados cada uno de los referidos periodos transitorios, será obligatoria la aplicación de las disposiciones normativas contenidas en el CTE a que los mismos se refieren.

MÁS INFORMACIÓN  


- Página web del Ministerio de Vivienda 
-
Nota de prensa del Ministerio de Vivienda       
- Página web del Código Técnico
- Comunicado del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agricolas de España 

DESCARGA DE LOS DOCUMENTOS

  
Nuestros colegiados pueden descargarse los documentos desde los siguientes enlaces:

Reales Decretos
- R.D. 314/2006, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (PDF - 386 Kb)    
-
R.D. 315/2006, por el que se crea el Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación (PDF - 85 Kb)

Documentos del Código Técnico de la Edificación


Origen: página web del Ministerio de Vivienda (descargados el 28-03-2006)  
Parte I
-Código Técnico de la Edificación Parte I (PDF - 193 Kb)
Parte II (Documentos Básicos)
-
Documento Básico HE - Ahorro de energía (PDF - 3.640 Kb)    
-
Documento Básico HS - Salubridad (PDF - 3.166 Kb) 
- Documento Básico SE - Seguridad estructural (PDF - 496 Kb) 
- Documento Básico SE-A - Seguridad estructural - Acero (PDF - 1.661 Kb)
- Documento Básico SE-AE - Seguridad estructural - Acciones en la edificación (PDF - 1.270 Kb) 
- Documento Básico SE-C - Seguridad estructural - Cimientos (PDF - 2.910 Kb) 
- Documento Básico SE-F - Seguridad estructural - Fábrica (PDF - 836 Kb) 
- Documento Básico SE-M - Seguridad estructural - Estructuras de madera (PDF - 1.742 Kb) 
- Documento Básico SI - Seguridad en caso de incendio (PDF - 2.122 Kb) 
- Documento Básico SU - Seguridad de utilización (PDF - 754 Kb)

 

Documentos del Código Técnico de la Edificación en un ÚNICO fichero 
Origen: página web del Código Técnico (descargado el 28-03-2006)
Partes I y II
-Código Técnico completo (18.042 Kb)

Acceso público
También pueden descargarse los documentos desde los siguientes enlaces abiertos sin restricciones:
- Desde la página web del Ministerio de Vivienda 
- Desde la página web del Código Técnico